- ¿Puedo tramitar mi jubilación yo solo/a?
No es lo más recomendable, ya que comenzar a gestionar la jubilación es una tarea complicada. Reunir toda la documentación necesaria lo es aún más.
Por ello, Ud. cuenta con nuestro equipo de profesionales, quienes realizaran su trámite de manera eficaz y en el menor tiempo posible.
- ¿Por qué es importante que el trámite de mi jubilación lo realice un abogado?
Porque es la forma más rápida y eficaz de que Ud. obtenga su jubilación ¡sin perder tiempo ni dinero! ¿Cómo? Porque debido a la experiencia que poseen nuestros abogados, especialistas en la materia previsional, les permite conocer de antemano cuales son las mejores alternativas para realizar su trámite, reuniendo toda la documentación necesaria en el menor tiempo posible, de forma tal, que el resultado de su trámite sea siempre positivo.
- ¿Cuándo me puedo jubilar? Requisitos.
Si es mujer:
Los requisitos básicos para jubilarse por ANSES son: 30 años de aportes y 60 años de edad.Si es hombre:
Los requisitos básicos para jubilarse por ANSES son: 30 años de aportes y 65 años de edad.
- ¿Puedo jubilarme si no tengo aportes?
Sí. Ud. podrá obtener los años de aportes mediante la incorporación a una moratoria que se ira descontando de su futura jubilación.
Para más información y una mejor atención, asesórese personalmente con nuestros profesionales.
- ¿Cómo se puede acceder a ésta NUEVA moratoria?
Se puede acceder a esta moratoria abonando la primera cuota. En estos casos nuestros servicios incluyen el análisis de las posibilidades de incorporación al plan de facilidades de pago que mejor le convenga a Ud.
Para más información y una mejor atención Ud. Podrá asesorarse personalmente con nuestros profesionales.
- Si los años que tengo trabajados son menores a los requeridos para jubilarme ¿Cómo puedo tramitar mi jubilación?
No se preocupe, nosotros tramitaremos su jubilación mediante su incorporación a una moratoria (plan de facilidades de pago) la cual se ira descontando de su futura jubilación.
Para más información y una mejor atención no dude en asesorarse personalmente con nuestros profesionales.
¿Qué pasa si excedo de la edad requerida para jubilarme?
En estos casos, el exceso en la edad es un beneficio, ya que cada dos años de exceso de la edad jubilable Ud. compensara un año de servicio faltante.Ej. si su exceso fuera de un año, Ud. compensara 6 meses.
Para más información y una mejor atención no dude en asesorarse personalmente con nuestros profesionales.
8. Poseo un trámite que me fue rechazado: ¿se puede solucionar?
Es muy probable. Nosotros nos encargamos de ver cuál fue el error y luego solucionamos el problema.
Para más información y una mejor atención Ud. Podrá asesorarse personalmente con nuestros profesionales.
- Si todavía no tengo la edad para jubilarme, ¿puedo ir preparando mi jubilación?
Sí. Recuerde que es mejor no esperar hasta cumplir la edad sino empezar los trámites con más tiempo, ¿cuánto tiempo? Dependerá de la situación en particular de cada persona, para ello contamos con nuestros profesionales que le darán un completo asesoramiento para comenzar a organizar el trámite con anticipación y evitar que cualquier inconveniente posterior demore la obtención del beneficio.
Para más información y una mejor atención no dude en asesorarse con personalmente con nuestros profesionales.
- Soy pensionado/a, ¿puedo obtener mi jubilación igualmente?
Sí, Nosotros nos encargaremos de analizar su situación en particular y evaluaremos todas las posibilidades para que Ud. Acceda al beneficio sin ningún tipo de inconvenientes.
Para más información y una mejor atención no dude en asesorarse con personalmente con nuestros profesionales
- Si percibo un beneficio de Pensión y deseo jubilarme aplicando la nueva moratoria ¿puedo abonar la misma en cuotas?
Si puede, nosotros nos encargaremos de realizar todas las diligencias necesarias para la obtención del beneficio.
Para más información y una mejor atención no dude en asesorarse con personalmente con nuestros profesionales
- ¿A qué Asignaciones tengo derecho estando Jubilado?
La asignación familiar es una suma de dinero que otorga la ANSES, según el monto del haber previsional. Ellas son las siguientes:
Asignación familiar por Cónyuge, Asignación Familiar por Hijo, Asignación Familiar por Hijo con discapacidad, Asignación Familiar por escolaridad.Para más información y una mejor atención no dude en asesorarse con personalmente con nuestros profesionales.
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